Archivo de Diego Grez

Ver por Registros (193 total)

  • Folleto promocional de Residencial y Hostal San Marco, fundado por Marcos Olivos Troncoso y Soledad Cabrera, es un alojamiento familiar ubicado en el centro de Pichilemu. Con más de cinco años de trayectoria, ofrece habitaciones con baño privado o compartido, dos departamentos, comedor amplio, servicios de desayuno, alimentación completa, lavandería, TV por cable, Wi-Fi, custodia de equipaje y zona de trabajo. El hostal atiende tanto a turistas como a delegaciones, grupos de adultos mayores, empresas y escuelas de surf, ofreciendo convenios especiales y promociones anuales.
  • Documento de la Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins, ref. N° 60.089/2017, dirigido a la unidad de control externo, en relación con denuncias presentadas por la concejal Dora Toro Galaz sobre posibles irregularidades en el otorgamiento de permisos de edificación y recepción de un complejo turístico de propiedad de la Sociedad Comercial Turismo Lomas de Pinares Ltda., por parte de la Dirección de Obras Municipales de Pichilemu. Se indica que la presentación será considerada en el seguimiento del oficio N° 5.165/2015, previo caso similar, y que el resultado se comunicará a la brevedad.
  • Documento dirigido al Director General de Aguas por GR Araucaria SpA, RUT 76.461.936-6, solicitando autorización para la modificación del cauce de una quebrada sin nombre en la provincia de Cardenal Caro, VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins, comuna de Marchigüe. La solicitud se realiza en conformidad con los artículos 41 y 171 del Código de Aguas, para permitir la ejecución del proyecto Planta Fotovoltaica La Esperanza. Las obras incluyen la construcción de tubos de hormigón armado de base plana (THBP) de 1000 y 1200 mm de diámetro, destinados a reconducir las aguas en el vial de acceso y vial interno de la Planta. Las coordenadas de las obras están en UTM, Datum WGS84, Huso 19: 266.583,4 m Este; 6.197.796,8 m Norte.
  • Documento dirigido al Director General de Aguas por Inmobiliaria Catedral Limitada, RUT 76.196.853-K, solicitando un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas de uso consuntivo, para ejercicio permanente y continuo. El agua sería captada mecánicamente desde un pozo ubicado en las coordenadas UTM Norte 6184233 y Este 77268 (Datum WGS84, Huso 18), con un caudal máximo de 0,90 l/s y un volumen anual de 28.382 m³, en la comuna de Pichilemu, provincia de Cardenal Caro, Sexta Región. Se indica un radio de protección de 200 m centrado en el eje del pozo.
  • Invitación formulada por Hortensia Vidal Caballero (Matalma) a un encuentro por la escritura en el Hotel Asthur, de la Agrupación Cultural El Grito Escrito, el 14 de enero de 2016.
  • Oficio del 29 de diciembre de 2009 emitido por el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante el cual se toma conocimiento del proyecto de remodelación de un local comercial en avenida Agustín Ross N° 568, ubicado en la Zona Típica o Pintoresca de Pichilemu (decretada mediante Decreto Exento N° 1097 del 22/12/2004). La remodelación incluye la ampliación hacia una terraza cubierta y un segundo piso, con un área aproximada de 135 m². Se adjunta planimetría y especificaciones técnicas (EETT) a escala 1:50, incluyendo plantas, elevaciones, cortes y cuadro de superficies.
  • Oficio N° 27/2015 de la Dirección General de Aguas, fechado el 23 de diciembre de 2015, que responde a la solicitud del diario electrónico www.diarioelmarino.cl para confirmar la validez jurídica de publicaciones establecidas por el artículo 131 del Código de Aguas. El oficio revisa antecedentes de pronunciamientos previos de la DGA y de la Contraloría General de la República (Dictámenes N° 77/2005, 57.623/2007, 60.513/2004 y 51.028/2010) sobre la publicación en diarios electrónicos, concluyendo que El Marino cumple los requisitos de la Ley N° 19.733 para ser considerado medio apto para la publicación legal en la provincia de Cardenal Caro, siempre que se mantenga el cumplimiento de dicha ley. Sin embargo, se precisa que las publicaciones que deban efectuarse en el Diario Oficial deben seguir realizándose en dicho medio.
  • Invitación a participar en sorteo a realizarse en la feria libre de Pichilemu.
  • Oficio N° 7568 de la Superintendencia de Salud, fechado el 23 de noviembre de 2015, que responde a la solicitud del diario electrónico www.diarioelmarino.cl para confirmar la validez jurídica de publicaciones legales o reglamentarias relacionadas con la Superintendencia de Salud. El documento indica que, conforme a dictámenes de la Contraloría General de la República (N° 51.028 de 2010 y N° 41.746 de 2012), no existen impedimentos para que las publicaciones obligatorias puedan efectuarse en medios electrónicos que cumplan con la Ley N° 19.733, salvo aquellas publicaciones que expresamente deban realizarse en el Diario Oficial.
  • Oficio del Servicio de Impuestos Internos de Chile, fechado el 11 de noviembre de 2015, que confirma que el diario electrónico www.diarioelmarino.cl, propiedad de Diego Grez Cañete, cumple con los requisitos de la Ley N° 19.733 sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo. Se reconoce la validez de las publicaciones sobre pérdida, inutilización, robo o hurto de documentos tributarios, conforme a las resoluciones N° 109 de 1976 y N° 2301 de 1986. El oficio también indica que El Marino será incluido en el sitio web del SII como medio idóneo para estas publicaciones.
Formatos de Salidas

atom, csv, dcmes-xml, json, omeka-xml, rss2